Acceso Colegiados

Normativa para la reducción del ancho de la escalera

 

El Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Diputación Foral de Bizkaia, presenta una propuesta con trece medidas de seguridad complementarias a tomar cuando, debido a la instalación de ascensor, el ancho de escaleras quede reducido a entre 80cm y 100cm.

Tal y como se recoge en el CTE (DB-SUA1):

«En edificios existentes, cuando se trate de instalar un ascensor que permita mejorar las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad, se puede admitir una anchura menor siempre que se acredite la no viabilidad técnica y económica de otras alternativas que no supongan dicha reducción de anchura y se aporten las medidas complementarias de mejora de la seguridad que en cada caso se estimen necesarias». Se trata de que el incremento de riesgo en caso de incendio que supone esta reducción por debajo del mínimo estándar se vea compensado, e incluso mejorado, por la implementación de otras medidas de seguridad contra incendios.

Documentación aportada por el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Diputación Foral de Bizkaia:

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Antecedentes y exposición de motivos

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Medidas de mejora de la seguridad en caso de reducción de la anchura de escalera