Nueva regulación de la Ley de Propiedad Horizontal para pisos turísticos.
La reciente aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, que modifica aspectos clave de la Ley de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960), aborda uno de los principales focos de conflictividad en las comunidades de propietarios: las viviendas de uso turístico. Para el CGCAFE, esta reforma supone un avance significativo al proporcionar mayor seguridad jurídica tanto a las comunidades como a los administradores de fincas colegiados.
Cambios principales de la reforma
Aprobación previa obligatoria
A partir del 3 de abril de 2025, los propietarios que deseen destinar sus viviendas a actividades turísticas deberán obtener la aprobación expresa de la comunidad de propietarios. El acuerdo será válido si cuenta con el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios, representando las mismas tres quintas partes de las cuotas de participación.
Cese inmediato de actividades no autorizadas
La comunidad podrá requerir el cese inmediato de la actividad si esta se realiza sin la autorización necesaria, lo que agiliza los procedimientos que antes podían resultar largos y confusos en la vía judicial.
Facilidad de toma de decisiones
Las comunidades podrán prohibir las actividades turísticas mediante el acuerdo de la mayoría de tres quintas partes, sin necesidad de unanimidad. Este cambio facilita la toma de decisiones, permitiendo a las comunidades abordar rápidamente este tipo de conflictos.
Protección a actividades preexistentes
Los propietarios que ya ejercían actividades turísticas antes de la entrada en vigor de la ley podrán continuar con ellas siempre que cumplan con la normativa sectorial vigente.
Para el presidente del CGCAFE, Pablo Abascal, esta reforma aborda problemas recurrentes como ruidos, inseguridad, o incumplimiento de normas básicas de convivencia, que las actividades turísticas a menudo generan en las comunidades. Abascal destaca que esta modificación no solo refuerza el control de las comunidades, sino que también simplifica los procedimientos legales, evitando contradicciones en las resoluciones judiciales.
El CGCAFE enfatiza la necesidad de continuar con reformas que incluyan, entre otros aspectos, la validez de las juntas telemáticas, cuya aprobación ya ha sido respaldada por una moción en el Senado. Este avance sería esencial para afrontar situaciones de emergencia, como las generadas por la DANA.