Motivos por los que pueden impugnarse judicialmente los acuerdos adoptados en Juntas telemáticas y recomendaciones para evitarlas
El Real Decreto Ley 8/2021 permite la celebración de Juntas de propietarios telemáticas o mixtas obligando al Administrador convocante a asegurarse de que todos los propietarios tienen acceso a internet, disponen de teléfono y ordenador, y de la aplicación o plataforma donde va a celebrarse la reunión.